/ miércoles 14 de agosto de 2024

Citius, Altius, Fortius: El espíritu antideportivo de la actual Reforma Judicial

Beatriz Moguel Ancheyta*

Esta temporada de olimpiadas, que han llegado a su fin en Francia 2024, en que se renueva el espíritu de sana competencia, la conducta deportiva, el esfuerzo humano y la noble representación de los distintos países de la comunidad mundial; también coincide en nuestro país con el tiempo preparatorio de la inminente Reforma Judicial. ¿Serían compatibles ambos eventos? ¿sería la reforma capaz de lograr una medalla que enorgullezca a la Nación? Definitivamente no.

CITIUS. Más rápido

La justicia no será más rápida con la reforma judicial. Lo único que se propone al respecto, es reducir por decreto los plazos de resolución judicial: 6 meses para asuntos administrativos y judiciales; 4 meses para los penales; 6 meses para los amparos directos.

La propuesta pasa por alto la práctica de la impugnación en nuestro país debido a la gratuidad de la misma y a la suplencia en favor de los favorecidos. Parte del error de una visión lineal horizontal, y desatiende la impugnación. Se piensa en 6 meses fatales de tardanza, sin contar que los litigantes usualmente acuden a recursos ordinarios o al amparo, que sumarían otros 6, 12 o 18 meses. Es ilusorio que un asunto se culmine en 4 o 6 meses. Para lograrlo, se tendría que eliminar el principio de impugnación o derecho a la doble instancia, otorgado por el artículo 8.II.h) y al recurso sencillo y rápido (amparo) por violaciones a derechos fundamentales del artículo 25, ambos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).

Si a ello se le suma que la iniciativa de reforma no toma en cuenta el incremento poblacional, el aumento de la violencia y la cultura de descartar la justicia restaurativa y preferir judicializar siempre, y además, que se previene para 2026 un aumento de 38% de casos para el mismo número de jueces, no hay forma alguna de algún día abatir el rezago. Urge ya abandonar la tendencia de desmantelar las instituciones reduciendo el presupuesto, esperando que mayores cargas de trabajo se cumplan con “buena voluntad”. Ya no se puede exigir al trabajador judicial que no duerma, que no descanse nunca, que no tenga un plan de vida, que no viva. El Poder Judicial Federal siempre ha suplido la falta de presupuesto con largas y extenuantes jornadas de trabajo que sólo el que ama la justicia, puede soportar. La falta de personal, juzgadores, órganos, infraestructura, salas de audiencia; junto con la enorme carencia en las defensorías y asesorías jurídicas incrementan la carga; si a ello sumamos que también las policías, las fiscalías y el sistema penitenciario se encuentra estrangulado presupuestariamente, no hay forma en que se pueda llegar a sentir, avance alguno en los tiempos de resolución.

No, la reforma no hará más veloz la justicia.

ALTIUS. Más alto

No hay forma alguna de diagnosticar que, con el cambio de jueces designados por voto popular, la justicia suba de calidad y certeza, o se perciba como más justa, ni mucho menos mejorará la justicia social.

Académicamente, es tan contrario como designar médicos novatos en área de especialidades como cardiología, neurología, genética u oncología y esperar que funcione mejor; o como poner a soldados rasos a comandar un cuerpo militar o a un marinero a dirigir un buque de guerra, o a un cadete a volar un F16 y que lo hagan mejor que personas experimentadas. Absurdo. Parte de la formación obligatoria que tenemos los miembros del Poder Judicial Federal, es no sólo la realización de cursos de especialidad, sino también el conocimiento de Manuales y Protocolos aplicables a grupos vulnerables de la sociedad: niños, niñas y adolescentes, mujeres, comunidad LGBT, migrantes, adultos mayores, personas afrodescendientes, pueblos indígenas o discapacitados. Saber que en días recientes se obligó a madres de una comunidad indígena a pedir disculpas y comprometerse a no interferir en las obras y operación del Tren Maya, por exigir la construcción de un paso que les permitiera llevar a sus hijos a la escuela con seguridad , demuestra lo que ocurre cuando las personas a cargo no aplican la perspectiva de vulnerabilidad, en esa ocasión incluso, existiendo interseccionalidad, o sea vulnerabilidad en tres vertientes: mujeres, de comunidad indígena, madres con niños en edad escolar y el derecho a aprender de los propios pequeños, un derecho mínimo que a veces es lo único que los librará en el futuro de engrosar las filas del crimen organizado.

Jueces menos preparados y recién egresados no sólo no son suficientes, sino además, están claramente más sujetos a incertidumbre, dudas, desconocimiento, errores, decisiones precipitadas o apetitos humanos de todo tipo; no se espera que tengan desarrolladas las cuatro virtudes estoicas: valentía, templanza, sabiduría y justicia.

“La profesionalización integral es una de las condiciones básicas para someter a la Administración Pública y al mismo gobierno, al imperio de la ley”, se destacó en el debate del Senado, de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal: por supuesto, mientras más objetivas sean las bases para que una persona llegue a ser juez y magistrado, se garantiza más la independencia judicial como un derecho humano de la sociedad (artículo 8.1 CADH, artículo 17 Constitucional), pues todo mundo tiene derecho a un tribunal independiente. Esto ocurre cuando existen reglas objetivas como antigüedad, exámenes de oposición, acreditada buena conducta, evaluación del desempeño y ratificación posterior. Todos estos criterios, por cierto, provenientes de la iniciativa del actual Presidente del Ejecutivo, como pilares de la carrera judicial, que ahora pretenden desconocer . Por el contrario, mientras más subjetivas sean las bases (simpatía, popularidad, proselitismo político, gastos de campaña, recomendación, imagen, juventud, recién egreso), más peligra la independencia e imparcialidad.

Además, la iniciativa acusa de corrupción a los titulares actuales, sin aportar ni una sola prueba de ello.

Por tanto, sin carrera judicial no existirá una mejor justicia y definitivamente la elección por voto popular directo, cuya ineficacia ha quedado probada internacionalmente, no logrará ese objetivo.

FORTIUS. Más fuerte

¿La justicia tendrá mayor certeza que antes? ¿Los jueces tendrán mayor poder para hacer cumplir sus determinaciones? Todo parece indicar que no. La forma en que está redactada la reforma, además de la intensa reducción de los sueldos y prestaciones así como la reducción presupuestaria para la infraestructura del servicios, evidencia más un castigo injusto que la mínima intención de mejorar. Una justicia podada, sin fuerza, se presta al sometimiento, no sólo a la voluntad de la persona en turno, sino de cualquiera otra fuerza externa, e incluso, de cualquier grupo político que esté en el poder, no importa el color.

Una justicia débil no puede hacerse valer. ¿Con qué fuerza podrá obligar al Estado a consultar a un grupo indígena antes de una obra o una concesión? ¿a proveer de quimioterapia a niños con cáncer? ¿a proteger a una mujer golpeada? ¿a investigar un caso de tortura o desaparición u otros crímenes de lesa humanidad? ¿a proveer de servicio médico a los presos? ¿a proteger la vida y dignidad de extranjeros en estaciones migratorias? ¿a transparentar contratos públicos y procedimientos gubernamentales?

Definitivamente, la reforma no busca una justicia más fuerte para la gente.

Así las cosas, es patente que la iniciativa no pretende mejorar la justicia, ni tiende a hacerla más rápida, ni a elevar su calidad ni a fortalecerla; por el contrario, se hará más lenta, más manipulada, más sometida. Todo con el afán de someterla bajo control y evitar a toda costa esos frenos del poder excesivo que tanta molestia causan a los demás poderes. Con el riesgo para la vida, la integridad y los derechos humanos de las personas. La reforma no sólo es regresiva de la ley de carrera de hace tres años, sino que sienta las bases para la concentración del poder público en una sola persona, lo cual está prohibido por el artículo 49 constitucional; que por cierto, no es una ocurrencia, es el candado colocado por el pueblo mexicano para evitar el autoritarismo.

Para colmo, la reforma tampoco ha cumplido con la sana competencia a la que aludiría el barón Pierre de Coubertin, en tanto se ha limitado, reducido, o de plano negado, el acceso al diálogo, a los integrantes del Poder Judicial Federal.

En conclusión, la reforma no concuerda con ninguno de los ideales olímpicos. No representa al país y, definitivamente, ni soñar con que gane una medalla.

*Beatriz Moguel Ancheyta, Magistrada de Circuito, Morelos

Beatriz Moguel Ancheyta*

Esta temporada de olimpiadas, que han llegado a su fin en Francia 2024, en que se renueva el espíritu de sana competencia, la conducta deportiva, el esfuerzo humano y la noble representación de los distintos países de la comunidad mundial; también coincide en nuestro país con el tiempo preparatorio de la inminente Reforma Judicial. ¿Serían compatibles ambos eventos? ¿sería la reforma capaz de lograr una medalla que enorgullezca a la Nación? Definitivamente no.

CITIUS. Más rápido

La justicia no será más rápida con la reforma judicial. Lo único que se propone al respecto, es reducir por decreto los plazos de resolución judicial: 6 meses para asuntos administrativos y judiciales; 4 meses para los penales; 6 meses para los amparos directos.

La propuesta pasa por alto la práctica de la impugnación en nuestro país debido a la gratuidad de la misma y a la suplencia en favor de los favorecidos. Parte del error de una visión lineal horizontal, y desatiende la impugnación. Se piensa en 6 meses fatales de tardanza, sin contar que los litigantes usualmente acuden a recursos ordinarios o al amparo, que sumarían otros 6, 12 o 18 meses. Es ilusorio que un asunto se culmine en 4 o 6 meses. Para lograrlo, se tendría que eliminar el principio de impugnación o derecho a la doble instancia, otorgado por el artículo 8.II.h) y al recurso sencillo y rápido (amparo) por violaciones a derechos fundamentales del artículo 25, ambos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).

Si a ello se le suma que la iniciativa de reforma no toma en cuenta el incremento poblacional, el aumento de la violencia y la cultura de descartar la justicia restaurativa y preferir judicializar siempre, y además, que se previene para 2026 un aumento de 38% de casos para el mismo número de jueces, no hay forma alguna de algún día abatir el rezago. Urge ya abandonar la tendencia de desmantelar las instituciones reduciendo el presupuesto, esperando que mayores cargas de trabajo se cumplan con “buena voluntad”. Ya no se puede exigir al trabajador judicial que no duerma, que no descanse nunca, que no tenga un plan de vida, que no viva. El Poder Judicial Federal siempre ha suplido la falta de presupuesto con largas y extenuantes jornadas de trabajo que sólo el que ama la justicia, puede soportar. La falta de personal, juzgadores, órganos, infraestructura, salas de audiencia; junto con la enorme carencia en las defensorías y asesorías jurídicas incrementan la carga; si a ello sumamos que también las policías, las fiscalías y el sistema penitenciario se encuentra estrangulado presupuestariamente, no hay forma en que se pueda llegar a sentir, avance alguno en los tiempos de resolución.

No, la reforma no hará más veloz la justicia.

ALTIUS. Más alto

No hay forma alguna de diagnosticar que, con el cambio de jueces designados por voto popular, la justicia suba de calidad y certeza, o se perciba como más justa, ni mucho menos mejorará la justicia social.

Académicamente, es tan contrario como designar médicos novatos en área de especialidades como cardiología, neurología, genética u oncología y esperar que funcione mejor; o como poner a soldados rasos a comandar un cuerpo militar o a un marinero a dirigir un buque de guerra, o a un cadete a volar un F16 y que lo hagan mejor que personas experimentadas. Absurdo. Parte de la formación obligatoria que tenemos los miembros del Poder Judicial Federal, es no sólo la realización de cursos de especialidad, sino también el conocimiento de Manuales y Protocolos aplicables a grupos vulnerables de la sociedad: niños, niñas y adolescentes, mujeres, comunidad LGBT, migrantes, adultos mayores, personas afrodescendientes, pueblos indígenas o discapacitados. Saber que en días recientes se obligó a madres de una comunidad indígena a pedir disculpas y comprometerse a no interferir en las obras y operación del Tren Maya, por exigir la construcción de un paso que les permitiera llevar a sus hijos a la escuela con seguridad , demuestra lo que ocurre cuando las personas a cargo no aplican la perspectiva de vulnerabilidad, en esa ocasión incluso, existiendo interseccionalidad, o sea vulnerabilidad en tres vertientes: mujeres, de comunidad indígena, madres con niños en edad escolar y el derecho a aprender de los propios pequeños, un derecho mínimo que a veces es lo único que los librará en el futuro de engrosar las filas del crimen organizado.

Jueces menos preparados y recién egresados no sólo no son suficientes, sino además, están claramente más sujetos a incertidumbre, dudas, desconocimiento, errores, decisiones precipitadas o apetitos humanos de todo tipo; no se espera que tengan desarrolladas las cuatro virtudes estoicas: valentía, templanza, sabiduría y justicia.

“La profesionalización integral es una de las condiciones básicas para someter a la Administración Pública y al mismo gobierno, al imperio de la ley”, se destacó en el debate del Senado, de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal: por supuesto, mientras más objetivas sean las bases para que una persona llegue a ser juez y magistrado, se garantiza más la independencia judicial como un derecho humano de la sociedad (artículo 8.1 CADH, artículo 17 Constitucional), pues todo mundo tiene derecho a un tribunal independiente. Esto ocurre cuando existen reglas objetivas como antigüedad, exámenes de oposición, acreditada buena conducta, evaluación del desempeño y ratificación posterior. Todos estos criterios, por cierto, provenientes de la iniciativa del actual Presidente del Ejecutivo, como pilares de la carrera judicial, que ahora pretenden desconocer . Por el contrario, mientras más subjetivas sean las bases (simpatía, popularidad, proselitismo político, gastos de campaña, recomendación, imagen, juventud, recién egreso), más peligra la independencia e imparcialidad.

Además, la iniciativa acusa de corrupción a los titulares actuales, sin aportar ni una sola prueba de ello.

Por tanto, sin carrera judicial no existirá una mejor justicia y definitivamente la elección por voto popular directo, cuya ineficacia ha quedado probada internacionalmente, no logrará ese objetivo.

FORTIUS. Más fuerte

¿La justicia tendrá mayor certeza que antes? ¿Los jueces tendrán mayor poder para hacer cumplir sus determinaciones? Todo parece indicar que no. La forma en que está redactada la reforma, además de la intensa reducción de los sueldos y prestaciones así como la reducción presupuestaria para la infraestructura del servicios, evidencia más un castigo injusto que la mínima intención de mejorar. Una justicia podada, sin fuerza, se presta al sometimiento, no sólo a la voluntad de la persona en turno, sino de cualquiera otra fuerza externa, e incluso, de cualquier grupo político que esté en el poder, no importa el color.

Una justicia débil no puede hacerse valer. ¿Con qué fuerza podrá obligar al Estado a consultar a un grupo indígena antes de una obra o una concesión? ¿a proveer de quimioterapia a niños con cáncer? ¿a proteger a una mujer golpeada? ¿a investigar un caso de tortura o desaparición u otros crímenes de lesa humanidad? ¿a proveer de servicio médico a los presos? ¿a proteger la vida y dignidad de extranjeros en estaciones migratorias? ¿a transparentar contratos públicos y procedimientos gubernamentales?

Definitivamente, la reforma no busca una justicia más fuerte para la gente.

Así las cosas, es patente que la iniciativa no pretende mejorar la justicia, ni tiende a hacerla más rápida, ni a elevar su calidad ni a fortalecerla; por el contrario, se hará más lenta, más manipulada, más sometida. Todo con el afán de someterla bajo control y evitar a toda costa esos frenos del poder excesivo que tanta molestia causan a los demás poderes. Con el riesgo para la vida, la integridad y los derechos humanos de las personas. La reforma no sólo es regresiva de la ley de carrera de hace tres años, sino que sienta las bases para la concentración del poder público en una sola persona, lo cual está prohibido por el artículo 49 constitucional; que por cierto, no es una ocurrencia, es el candado colocado por el pueblo mexicano para evitar el autoritarismo.

Para colmo, la reforma tampoco ha cumplido con la sana competencia a la que aludiría el barón Pierre de Coubertin, en tanto se ha limitado, reducido, o de plano negado, el acceso al diálogo, a los integrantes del Poder Judicial Federal.

En conclusión, la reforma no concuerda con ninguno de los ideales olímpicos. No representa al país y, definitivamente, ni soñar con que gane una medalla.

*Beatriz Moguel Ancheyta, Magistrada de Circuito, Morelos