/ sábado 23 de noviembre de 2024

Derecho Familiar / XXI Congreso Nacional de Derecho Familiar

Las 30 conferencias magistrales, que reciben ese calificativo porque los expositores son las máximas autoridades académicas, jurídicas, sociales, políticas, médicas, que en sus respectivos campos de acción, de ciencia, se han destacado por esa extraordinaria calidad de investigación en sus temas respectivos. El Derecho Familiar es un crisol, es una cuna, es un manantial, que recibe y da los mejores frutos y torrentes, para que las familias en México y en el mundo, tengan las mejores normas jurídicas que prevengan, que resuelvan, que planteen diferentes alternativas de solución a los problemas que día a día cada una de las diferentes familias en México, en sus 32 entidades y fuera de aquí se presentan.

Los temas del Congreso supracitado, que como ya dijimos se celebra del 25 al 29 de noviembre, de las 9:00 a las 15:00 horas, en el Auditorio Principal de la Universidad Interamericana de Morelos, que se ubica en la calle Cerrada del Sol número 5, en la colonia Chapultepec, en Cuernavaca Morelos. En este lugar las conferencias magistrales tienen una vinculación, una proyección, alternativas de solución, a temas como el matrimonio, sus requisitos para contraerlo y sus formalidades, los deberes de los cónyuges, la naturaleza jurídica de los regímenes económicos de sociedad conyugal, separación de bienes, regímenes mixtos; también hay noticias sobre los regímenes de separación de bienes y qué es en el Derecho Familiar; hay ponencias, conferencias, en las que se ratifica el reconocimiento al trabajo doméstico dentro del hogar porque quien lo ejecute, sea el hombre o la mujer.

Una materia importante, trascendente, que día a día se mejora con las resoluciones obligatorias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se refieren a los alimentos, hasta dónde llega la responsabilidad de las autoridades, que tienen que informar sobre esta materia, los ingresos de quien debe cumplir con los alimentos, las formas de evadir los deberes y las obligaciones, y hasta cuándo hay la obligación o el deber de cumplir con la pensión alimenticia en favor de las hijas y de los hijos.

Un tema fundamental es la filiación, es decir ratificar la igualdad de los hijos y las hijas ante la ley, sea cual fuere su origen; aquí hay que recordar que no hace muchos años todavía en México, el Código Civil Federal tenía 11 clases de hijos, atendiendo, decían ellos, al origen de las relaciones sexuales de los padres, y por eso había hijos adulterinos, de concubinatos, legitimados, de la calles, de la cárcel, expósitos, huérfanos, que afortunadamente esto desapareció, y en esto, quien les escribe está aportación, tuve el privilegio cuando fui Senador de la República, de haber planteado por primera vez en este país, en el año 2012, la posibilidad de un Código Familiar Federal y la supresión y se logró finalmente, para que no hubiera calificativos a los hijos y en este caso debería ser por las relaciones sexuales de los padres y no de la situación de los hijos. También con un tratamiento muy importante, psicológico, psiquiátrico, penal, jurídico, de Derecho Familiar, se colaciona a la violencia familiar, su tratamiento jurídico y sus efectos en el seno familiar; por otro lado la fuerza obligatoria en los estudios del ácido desoxirribonucleico, para investigar la maternidad y la paternidad; así como el tratamiento que se debe dar a los hijos sea cual fuere su origen en cuanto a su igualdad; también dentro de esta materia, se habla del concubinato y su régimen jurídico, sus efectos como hecho jurídico y no como acto, para darle cabida a la teoría general de la naturaleza jurídica, en la que el concubinato es un hecho jurídico voluntario de Derecho Familiar, que produce efectos jurídicos diferentes a los del matrimonio, aun cuando hay similitudes, y aquí bien entendido que como el matrimonio es un acto jurídico solemne, consiste en que los cónyuges del mismo o diferente sexo, expresan su voluntad para crear, transmitir, modificar y extinguir derechos y obligaciones que quieren llevar a efecto.

Por otro lado la materia de adopción es muy importante, porque además de que en la actualidad solamente hay la plena, es una novedad interesante saber, que al hijo adoptivo se le asimila como pariente consanguíneo a la familia que lo adopta, y es importante saber que en la Ciudad de México y otros Estados de la República regulan la adopción tradicional, y han agregado al de personas mayores, es decir de más de 18 años, que satisfagan los requisitos los presuntos padres adoptivos, para adoptar con todos sus efectos jurídicos a personas jurídicas físicas con plena capacidad de goce y de ejercicio. Es importante subrayar un tema fundamental que se ha logrado ya con el actual gobierno, haber modificado la Constitución para que haya el tratamiento jurídico igual en todas las circunstancias para las mujeres, como el que se le da a los hombres, en cuanto a salarios, descansos, e incluso los días cuando la señora da a luz y que ahora también el hombre tiene muchas facilidades.

Frente a esta fuente de conocimientos, surge una parte fundamental que debemos reiterar, porque todas las normas de Derecho Familiar son de orden público e interés social, y quizá es la aportación más importante que se hizo en la Asamblea Legislativa de México Distrito Federal en el año 2000, el cual consiste en el conjunto de principios y normas impuestas por el Estado, que no admite objeción y protesta alguna, y que se han promulgado para protección de las familias; en aquel tiempo el Código Civil para la Ciudad de México eliminó también los calificativos a los hijos por su origen; es decir a diferencia del anterior, en éste los hijos son iguales ante la ley, la familia, la sociedad y el Estado; desaparecieron los naturales, legitimados, de la cárcel, expósitos, abandonados, huérfanos, de madre o padre abandonados, a huérfanos de madre o padre desconocidos, dándoles a todos y a todas los mismos derechos, imputándoles los mismos deberes y obligaciones. Ya con el tiempo se ha logrado que la edad para casarse en la Ciudad de México sea de 18 años; y que los impedimentos para casarse tengan un tratamiento jurídico distinto, dándole el verdadero valor que tiene la voluntad de quienes pretendes unirse en matrimonio.

Así es importante si usted nos honra con su presencia y se inscribe para participar en este Congreso, seguramente que podrá ponerse al día en todo lo que se refiere a las cuestiones del Derecho Familiar, incluido el Derecho Familiar Constitucional y el Derecho Familiar Penal.

Nota: Reiteramos a quienes nos honran leyendo esta columna que se pueden inscribir en los teléfonos 7773158001, 7775126182 y en el WhatsApp 7771895491.

Para estudiantes es una cuota especial de 600 pesos y para las personas que no son estudiantes la cuota será de 1000 pesos, que da derecho a participar en las conferencias y al diploma de reconocimiento que se otorgará a los participantes.



Profesor de Carrera, con 57 años de Cátedra ininterrumpida en Derecho Civil y Derecho Familiar, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.