La Ley Olimpia fue aprobada por el Senado de la Republica, para castigar la violencia digital contra todos los mexicanos, sean mujeres, hombres, niñas, niños, adultos mayores o adolescentes. ¿Pero de qué se trata a profundidad y cuál es su origen? La denominada “Ley Olimpia” surge a raíz de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de una mujer en el estado de Puebla; derivado de ello se impulsó una iniciativa para reformar el Código Penal de dicha entidad y tipificar tales conductas como violación a la intimidad; acción que se ha replicado en 17 entidades federativas. Olimpia Coral Melo Cruz grabó un video sexual con su entonces novio cuando éstos aún mantenían una relación. Tiempo después, el material fue difundido en redes sociales y WhatsApp, por lo que la joven fue identificada como “la gordibuena de Huauchinango”. Este tipo de violencia no solo destrozó su autoestima y confianza, sino que afectó su vida en todos los aspectos orillándola a varios intentos de suicidio y una profunda depresión. Pero la madre de la joven, pese a lo esperado por muchos, no la condenó ni revictimizó, sino que le dio su lugar y le mostró su apoyo para poder enfrentar esta despreciable situación. En redes sociales, la joven encontró que no solo ella había sido engañada y humillada en internet, pues cientos de mujeres pasaban por la misma condición. Esto hizo que Olimpia levantara una denuncia ante el Ministerio Público en compañía de su familia. La “Ley Olimpia” no se refiere a una ley como tal, sino a un conjunto de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia. Se entiende como violencia digital aquellas acciones en las que se expongan, difundan o reproduzcan imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento, a través de medios tecnológicos y que por su naturaleza atentan contra la integridad, la dignidad y la vida privada de las mujeres causando daño psicológico, económico o sexual tanto en el ámbito privado como en el público, además de daño moral, tanto a ellas como a sus familias.El Congreso de Morelos aprobó la Ley Olimpia con la que se tipifica como delito grave la violencia digital contra las mujeres y se establecen sanciones de seis a 12 años de cárcel a quien incurra en esta falta. Este delito se perseguirá de oficio y la autoridad competente ordenará a la empresa de prestación de servicios digitales o informáticos, servidor de internet, red social, administrados o titular de la plataforma digital, medio de comunicación o cualquier otro donde sea publicado o compilado el contenido íntimo no autorizado, el retiro inmediato de la publicación que se realizó sin consentimiento de la víctima. Ahora el trabajo será hacer cumplir la Ley.
La Ley Olimpia
Luis Jorge Gamboa Olea
· jueves 12 de noviembre de 2020