En Semana Santa, la gente de Cuernavaca suele hablar sobre la primavera, los días de sol, el rosa y morado de los árboles; de balnearios y días de descanso, y hasta de días de reflexión religiosa pero ¿se trabaja en Semana Santa?
Los días de asueto durante Semana Santa, comprendidos entre el Domingo de Ramos y el Sábado Santo, culminando con el Domingo de Resurrección, pero ¿están oficialmente reconocidos? No, no están oficialmente considerados dentro de los días feriados obligatorios estipulados por la Ley Federal del Trabajo para este año 2024.
¿Se trabaja en Semana Santa?
Si los días santos, jueves 28 y viernes 29 de marzo, no están dentro de la Ley Federal del Trabajo esto significa que la mayoría de los trabajadores en México deberán asistir a sus empleos según lo previsto, a menos que sus respectivas empresas decidan otorgar estos días, como es el caso de las instituciones bancarias, por ejemplo.
La normativa laboral mexicana no obliga a las empresas a conceder estos días libres ni a remunerar de forma adicional a quienes laboren en estas fechas, lo que deja a discreción de cada empleador el otorgamiento de este beneficio.
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¿Es posible conseguir días de descanso?
Si bien no es una práctica universal, algunas compañías ofrecen a sus empleados la posibilidad de tomar libre alguno de estos días, particularmente el Viernes Santo, o facilitan modalidades de trabajo flexible, como el trabajo remoto.
A pesar de la falta de mandato legal para considerar estos días como no laborables, es frecuente que empleadores y trabajadores negocien acuerdos para permitir alguna forma de descanso durante este periodo, ya sea a través del otorgamiento de días de descanso a cuenta de vacaciones, las cuales por ley, sí están obligados los patrones a otorgarlas.