De acuerdo con Víctor Mendoza Moreno, presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) de Morelos, reconoció que algunos empresarios manifestaron estar "apretados de dinero" para pagar las utilidades de sus empleados, esto derivado de la inflación, al igual que la inseguridad, la crisis por la pandemia de Covid-19 y el aumento al salario mínimo y vacaciones de los colaboradores.
"Coparmex al ser un sindicato empresarial humanista tiene la convicción de que va por delante el interés de nuestros empleados, de tal manera que, sí nos hemos visto apretados, pero tenemos que hacer un esfuerzo", abundó.
➡️ ¿Ya recibes las noticias en WhatsApp? ¡ES GRATIS!
Mendoza Moreno sostiene que las empresas que tienen utilidades para repartir lo harán en tiempo y forma, antes del 30 de mayo del presente año para evitar multas, las cuales, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), pueden ir desde 50 hasta cinco mil días de salario mínimo.
El presidente de Coparmex Morelos comentó que este 2023 es un año que llegó con nuevos retos para los empresarios en materia laboral, los cuales manejaron satisfactoriamente. Confía que los estragos de la pandemia serán menores con el paso de los meses y los diferentes sectores empezaran con el repunte en sus industrias.
Finalmente, pidió a los trabajadores y empresarios acercarse a Coparmex para recibir asesoría con algún trámite o para resolver dudas con respecto a esta prestación y evitar problemas a futuro: "Invito a todos los empresarios a hacer un esfuerzo por cumplir con el derecho de nuestros empleados".
¿Qué son las utilidades?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, es el derecho de los trabajadores a recibir una parte de la ganancia de la empresa por los servicios o actividad que ofrece en el mercado.
Las empresas distribuyen el diez por ciento de los ingresos obtenidos durante el año anterior.
Obtendrán utilidades los trabajadores que laboraron por lo menos 60 días en empresas cuyas ganancias rebasan los 300 mil pesos o más, de acuerdo con su declaración fiscal, y que tengan más de un año en funcionamiento. El pago aplica también para los trabajadores que ya no laboren en la empresa.
Las empresas no están obligadas a repartir utilidades a: Instituciones de asistencia privada reconocidas por leyes, que no tengan fines de lucro, instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia, incluyendo el Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS), trabajadores domésticos, profesionistas, directores, administradores, gerentes generales, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios perciben su sueldo.
Únete a nuestro canal de YouTube