/ sábado 15 de julio de 2023

Autoridades deben brindar protección a mujeres: Paola Cruz

Para tener un territorio de paz se requiere un marco jurídico adecuado y aplicar sanciones a quienes lo incumplan, señaló la diputada de Morena

La legisladora local Paola Cruz Torres presentó una iniciativa cuya finalidad es que el estado garantice un territorio de paz para las mujeres, principalmente cuando el estado está en segundo lugar en tasa de incidencia de feminicidio.

Ante el pleno, la diputada de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) explicó que la propuesta es que las autoridades cumplan con la obligatoriedad de brindar protección a las mujeres, para ello planteó el artículo 61 BIS a la Ley de Acceso a la Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Morelos, así como una fracción 9 al artículo 10 de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Detalló que estas modificaciones a la Ley de Acceso a la Mujeres a una Vida Libre de Violencia son para que "las atribuciones establecidas en el presente título serán de carácter obligatorio y vinculante para las autoridades correspondientes referidas en cada capítulo y sección".

Asimismo, las omisiones o incumplimiento establecidas en dicho artículo serán sancionables de acuerdo al artículo séptimo de la Constitución para el estado de Morelos y el título segundo de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos en el artículo 10.

Paola Cruz indicó que en cuanto a las causales de juicio político propone agregar un nuevo inciso.

Algunas de las causales de juicio político son:

  • Cualquier violación a la Constitución Política del Estado de Morelos cuando cause daños o perjuicios graves o motive algún transtorno en el funcionamiento de las instituciones
  • Cuando se afecte la soberanía del estado
  • Atacar las instituciones democráticas
  • Usurpación de atribuciones
  • Cuando haya una violación grave a las garantías de los gobernados
  • El abandono o desatención injustificada de las funciones que se le han encomendado
  • Las violaciones graves a los planes, programas o presupuestos de la administración pública, estatal o municipal

Y, en la iniciativa se propuso el siguiente inciso "la omisión o incumplimiento de las atribuciones previstas en el título sexto de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos".

Finalmente, Paola Cruz indicó que si realmente se quiere tener un territorio de paz para las mujeres es necesario que exista el marco jurídico que se requiere y se apliquen las sanciones para quienes incumplan con esta obligatoriedad.


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La legisladora local Paola Cruz Torres presentó una iniciativa cuya finalidad es que el estado garantice un territorio de paz para las mujeres, principalmente cuando el estado está en segundo lugar en tasa de incidencia de feminicidio.

Ante el pleno, la diputada de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) explicó que la propuesta es que las autoridades cumplan con la obligatoriedad de brindar protección a las mujeres, para ello planteó el artículo 61 BIS a la Ley de Acceso a la Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Morelos, así como una fracción 9 al artículo 10 de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Detalló que estas modificaciones a la Ley de Acceso a la Mujeres a una Vida Libre de Violencia son para que "las atribuciones establecidas en el presente título serán de carácter obligatorio y vinculante para las autoridades correspondientes referidas en cada capítulo y sección".

Asimismo, las omisiones o incumplimiento establecidas en dicho artículo serán sancionables de acuerdo al artículo séptimo de la Constitución para el estado de Morelos y el título segundo de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos en el artículo 10.

Paola Cruz indicó que en cuanto a las causales de juicio político propone agregar un nuevo inciso.

Algunas de las causales de juicio político son:

  • Cualquier violación a la Constitución Política del Estado de Morelos cuando cause daños o perjuicios graves o motive algún transtorno en el funcionamiento de las instituciones
  • Cuando se afecte la soberanía del estado
  • Atacar las instituciones democráticas
  • Usurpación de atribuciones
  • Cuando haya una violación grave a las garantías de los gobernados
  • El abandono o desatención injustificada de las funciones que se le han encomendado
  • Las violaciones graves a los planes, programas o presupuestos de la administración pública, estatal o municipal

Y, en la iniciativa se propuso el siguiente inciso "la omisión o incumplimiento de las atribuciones previstas en el título sexto de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos".

Finalmente, Paola Cruz indicó que si realmente se quiere tener un territorio de paz para las mujeres es necesario que exista el marco jurídico que se requiere y se apliquen las sanciones para quienes incumplan con esta obligatoriedad.


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