El próximo 28 de septiembre se realizará en Cuernavaca la marcha denominada Carnavalito Abortera, para exigir la despenalización del aborto en el estado. Por lo que la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHM) exhortó al Poder Ejecutivo garantizar el derecho a la libre manifestación.
Sobre todo porque meses atrás, previo a la marcha del 8 de marzo de 2024, el entonces Secretario de Gobierno y actual gobernador suplente de Morelos, Samuel Sotelo declaró lo siguiente:
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"No podemos decirles qué, pero sí estamos tomando algunas medidas al respecto, queríamos incluso que no fueran vestidas de negro, porque era la dinámica, porque conocemos que las que van de ese color, son un poco más... agresivas, entonces estamos viendo todavía".
Debido a esta declaración, la CDHM presentó la solicitud CDHM/1.51/035/2024-V1 donde pidió a Samuel Sotelo y a Cuauhtémoc Blanco:
- Apegarse a los más altos estándares en derechos humanos, sin ningún tipo de juicio de valor y/o apreciación subjetiva.
- Abstenerse de realizar mensajes públicos que estigmaticen a las mujeres.
- Dirigir un mensaje que promueva la tolerancia y respeto a las diversas formas de expresión de las ideas, en especial la iconoclasia en el movimiento feminista, en el contexto de la marcha del 28 de septiembre con motivo del Día de Acción Global por el acceso al aborto legal, seguro y gratuito.
- Capacitar a todo el personal adscrito a la Secretaría de Gobierno en materia de derechos humanos, con enfoque en la garantía de una vida libre de violencia contra las mujeres y perspectiva de género.
Sin embargo, estas determinaciones fueron rechazadas por parte de las autoridades gubernamentales. No obstante, ante la marcha del 28 de septiembre, nuevamente la CDHM exige al Gobierno de Morelos: "Que se abstengan de realizar actos de intimidación, represión, restricción y/o detenciones arbitrarias motivadas por actos que se pudieran generar en el contexto de la marcha".
Todo lo anterior: "en el ejercicio del derecho a la manifestación, el cual está protegido por el artículo 6° constitucional y es un recurso ante la ineficacia institucional frente a las violaciones a los derechos de las mujeres, en especial la falta de acceso de las mujeres a un aborto legal, seguro y gratuito".
Con información de Enrique Domínguez