La titular de la Contraloría Municipal, Dolores Álvarez Díaz, señaló que hasta el momento cuentan con alrededor de 350 investigaciones, las cuales todavía están en curso, aunque indicó que algunas ya concluyeron y fueron turnadas al área de responsabilidades administrativas.
Con relación a los funcionarios que pueden estar involucrados, refirió que debido a la secrecía de las investigaciones, los nombres no pueden mencionarse; sin embargo, expuso que son de administraciones anteriores y de la que se encuentra en turno.
"Muchos son exfuncionarios de la administración anterior, inclusive de administraciones anteriores, y muchos son de esta administración... En su mayoría son porque no presentaron su declaración patrimonial, y otros se están investigando por posible cohecho, y también porque no hacen la entrega-recepción de sus áreas", explicó.
Al ser cuestionada sobre cómo se encuentran las investigaciones en relación a la administración actual, la contralora municipal señaló que son alrededor de 40 expedientes los que se analizan, principalmente de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas y el área de Normatividad, aunque hasta el momento ningún funcionario o servidor público ha sido dado de baja de sus actividades.
"Dados de baja, hasta el momento ninguno, y sancionados tengo como 30... Sobre todo en la pasada administración; en la actual estamos integrando las investigaciones... Nosotros, como Contraloría Municipal, únicamente somos competentes respecto a faltas no graves; de las faltas graves únicamente llevamos a cabo el procedimiento de responsabilidades, celebramos audiencia inicial, emplazamos a los presuntos responsables y de ahí turnamos el expediente al Tribunal de Justicia Administrativa", explicó la funcionaria.
La judicialización de las quejas no corresponde directamente a la Contraloría, por lo que es el TJA son los competentes respecto a faltas no graves, ahí es donde se resuelven los casos.
La Ley General de Responsabilidades es la encargada de iniciar, substanciar y resolver los procedimientos administrativos sancionadores por las faltas administrativas cometidas por servidores públicos.
En ella se encuentran las “faltas administrativas no graves” las “faltas administrativas graves” y “los actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves”, donde su atención, substanciación y en su caso resolución, las cuales se deben de llevar a cabo bajo estricto apego al marco legal que la particularidad de cada una de ellas, así como al debido proceso.
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