A través de un comunicado, el presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Morelos, Luis Jorge Gamboa Olea, señaló que la Controversia Constitucional que ganó recientemente la Comisión de Derechos Humanos Morelos (CDHM) para obtener información de quejas de trabajadores no tiene efectos al existir desistimiento en la queja inicial.
Señala que incluso, al no darse vista a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre este desistimiento, se estaría incurriendo en delito federal.
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"Respecto a la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) derivada de la Controversia Constitucional presentada por la CDHM, con motivo del expediente de queja CDHM/1S.1/134/2023-V1, es importante precisar que, únicamente se requirió entregar la información solicitada por dicha Comisión a través del oficio V1/631/2023, en la cual, a la fecha, ya existe comparecencia de la quejosa en la que manifestó su desistimiento", señala el escrito
"…lo cual no fue informado oportunamente a la SCJN, con lo cual, habría quedado sin materia la citada Controversia Constitucional, haciendo que la Corte se pronunciara en un procedimiento que ha quedado sin materia en virtud del desistimiento referido, conducta con la que posiblemente se ha incurrido en un delito federal al omitir haber informado dicha circunstancia y hacer que el máximo Tribunal del País resolviera respecto de un acto que quedó sin efecto legal alguno, lo que denota lo tendencioso del actuar del organismo autónomo en mención", prosigue
Asimismo, se expuso que, contrario a lo que informó la CDHM en un comunicado sobre que existen nueve expedientes en trámite ante dicho órgano autónomo, actualmente legalmente se han notificado únicamente dos quejas por parte de dicho organismo, además de un expediente abierto de manera oficiosa por el titular de la CDHM, mismo que únicamente tiene como sustento notas extraídas de redes sociales, respecto de la cual, no han recibido notificación alguna desde hace más de un año.
Se señala que no constituye un hecho insólito que la SCJN se pronuncie respecto de las facultades con las que cuenta un organismo local de Derechos Humanos, aunado a que la controversia materia del presente comunicado.