/ martes 30 de mayo de 2023

Corte invalida Ley de Videovigilancia

La Ley de Videovigilancia tenía por objetivo crear el Sistema Estatal de Videovigilancia para el control de todas las cámaras que existen en la entidad

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la Ley de Videovigilancia del estado de Morelos, aprobada por las y los diputados de la 54 legislatura del Congreso del Estado, y que fue impugnada por la Comisión De Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHM).

Con ocho votos a favor, las y los ministros de la máxima corte del país dejaron sin efectos la norma que debió entrar en vigor en agosto de 2020, al considerar que hubo violaciones al proceso legislativo durante su aprobación en el Congreso Local de Morelos.

¿En qué consistía la Ley de Videovigilancia?

La Ley de Videovigilancia tenía por objetivo crear el Sistema Estatal de Videovigilancia para el control sobre el número y ubicación de todas las cámaras que existen en la entidad, tanto del Gobierno del estado, dependencias y organismos autónomos, como de empresas de seguridad privada, particulares y establecimientos comerciales.

Es decir, para funciones de seguridad pública, la Comisión Estatal de Seguridad (CES) podría tener acceso a las imágenes que se registraran con o sin audio de todas las cámaras de seguridad de la entidad.

Sector empresarial inconforme con la ley

Las y los congresistas de la anterior legislatura local votaron a favor de esta ley el 15 de julio de 2020, y el 12 de agosto del mismo año fue publicada dentro del decreto 697 en el periódico oficial “Tierra y Libertad”.

El objetivo del Ejecutivo Estatal será reforzar la prevención de los delitos y la investigación de los mismos mediante el registro de todas las cámaras de seguridad.

Sin embargo, esto no cayó bien desde el principio en el sector empresarial, quienes fueron los primeros en mostrar su inconformidad.

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Al considerar que esta Ley era violatoria de derechos humanos, el presidente de la CDHM, Raúl Israel Hernández Cruz presentó el recurso correspondiente ante la SCJN para echarla atrás en septiembre de 2020.

Dicho recurso quedó bajo el expediente 258/2020, el cual fue discutido por las y los ministros de la SCJN, de los cuales, ocho votaron en contra de esta para dejarla sin efecto alguno este martes 30 de mayo de 2023.

Se espera ahora, que la Corte notifique al Ejecutivo Estatal sobre el reciente fallo en contra de esta ley en la entidad.


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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la Ley de Videovigilancia del estado de Morelos, aprobada por las y los diputados de la 54 legislatura del Congreso del Estado, y que fue impugnada por la Comisión De Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHM).

Con ocho votos a favor, las y los ministros de la máxima corte del país dejaron sin efectos la norma que debió entrar en vigor en agosto de 2020, al considerar que hubo violaciones al proceso legislativo durante su aprobación en el Congreso Local de Morelos.

¿En qué consistía la Ley de Videovigilancia?

La Ley de Videovigilancia tenía por objetivo crear el Sistema Estatal de Videovigilancia para el control sobre el número y ubicación de todas las cámaras que existen en la entidad, tanto del Gobierno del estado, dependencias y organismos autónomos, como de empresas de seguridad privada, particulares y establecimientos comerciales.

Es decir, para funciones de seguridad pública, la Comisión Estatal de Seguridad (CES) podría tener acceso a las imágenes que se registraran con o sin audio de todas las cámaras de seguridad de la entidad.

Sector empresarial inconforme con la ley

Las y los congresistas de la anterior legislatura local votaron a favor de esta ley el 15 de julio de 2020, y el 12 de agosto del mismo año fue publicada dentro del decreto 697 en el periódico oficial “Tierra y Libertad”.

El objetivo del Ejecutivo Estatal será reforzar la prevención de los delitos y la investigación de los mismos mediante el registro de todas las cámaras de seguridad.

Sin embargo, esto no cayó bien desde el principio en el sector empresarial, quienes fueron los primeros en mostrar su inconformidad.

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Al considerar que esta Ley era violatoria de derechos humanos, el presidente de la CDHM, Raúl Israel Hernández Cruz presentó el recurso correspondiente ante la SCJN para echarla atrás en septiembre de 2020.

Dicho recurso quedó bajo el expediente 258/2020, el cual fue discutido por las y los ministros de la SCJN, de los cuales, ocho votaron en contra de esta para dejarla sin efecto alguno este martes 30 de mayo de 2023.

Se espera ahora, que la Corte notifique al Ejecutivo Estatal sobre el reciente fallo en contra de esta ley en la entidad.


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