El Pleno del Congreso de Morelos aprobó acuerdos parlamentarios en los cuales se declaró "la imposibilidad material y jurídica" del Poder Legislativo local para dar cumplimiento a la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM), en el juicio TEEM/JDC/15/2023-3 y sus acumulados TEEM/JDC/17/2023-3 y TEEM/JDC/23/2023-3, que pretendían reestablecer la integración de sus Comisiones Legislativas, y Junta Política y de Gobierno.
Asimismo, por mayoría de votos y en términos del artículo 37 de la Ley Orgánica para el Congreso del estado, se aprobó un acuerdo para solicitar al presidente de la Mesa Directiva y las autoridades competentes de este Poder Legislativo "se abstengan de dar cumplimiento a los fallos del TEEM hasta que culmine la cadena impugnativa imperante".
De la misma manera se estableció que "del análisis de la sentencia dictada el 28 de marzo de 2023 por el TEEM, se advierte que éste, pretende revocar diversos acuerdos aprobados tanto por el Pleno del Congreso (…) de fechas 9 de febrero y 31 de enero de 2023, los cuales ya han surtido plenos efectos que no pueden válidamente revocarse" en observancia a la jurisprudencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La sentencia dictada, se concluyó, "afecta la autonomía, independencia y soberanía de este Poder Legislativo para decidir sobre cuestiones inherentes a su organización interna, pues ello le corresponde de manera exclusiva atento a lo dispuesto en los artículos 41, 49 y 116 de la Constitución Federal".
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Se declaró "válido y vigente el acuerdo parlamentario que establece la modificación de la integración de las Comisiones Legislativas y Comités de la LV Legislatura del Congreso”, aprobado el 9 de febrero de 2023, “debiendo mantenerse las cosas en el estado en que se encuentran hasta en tanto se concluya la cadena impugnativa en materia electoral en contra de la resolución emitida el 28 de marzo de 2023".
Ante el voto mayoritario del Pleno, el diputado Francisco Sánchez citó el artículo 37 de la Ley Orgánica para el Congreso de Morelos, para señalar que la presidencia a su cargo "está subordinada al voto del Legislativo, por lo que en ese sentido se instruye al secretario de Servicios Legislativos y Parlamentarios: Primero, remita el acuerdo para su publicación en el Periódico Oficial ‘Tierra y Libertad’ y publíquese en la Gaceta Legislativa, órgano de difusión de este Congreso; Segundo, le dé cumplimiento en sus términos”.
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