Alma Grisela Nieto, madre de Diego Armando Nieto, quien lleva 11 años desaparecido, informó que ya está en trámite la reparación del daño, sin embargo exigió a la Fiscalía General del Estado (FGE) la búsqueda y hallazgo de su hijo al declarar que: “no hay dinero que valga la vida de mi hijo. El sufrimiento y el dolor es irreparable”.
Grisela Nieto detalló que el 13 de febrero fue citada en la Comisión Ejecutiva para iniciar con el trámite de la reparación del daño y llegar a un acuerdo. No obstante, asegura que a ella de nada le sirve este acuerdo porque considera que, con este “apoyo” que le darán, menos van a trabajar en la carpeta de investigación del caso.
Aseguró que desde hace 11 años no hay ningún avance y el expediente pasa de mano en mano, incluso durante el mes de diciembre de 2022, se le informó que ya no había nada que hacer, porque ya se habían agotado todas las líneas de investigación existentes.
“No se ponen a trabajar, no hacen nada, no ubicaron a mi hijo, esto es algo que desearía decirle a las autoridades en su cara, no se vale, parece que se están burlando de mi dolor”, dijo Grisela Nieto.
Así mismo explicó que el Ministerio Público (MP) encargado del caso va a reactivar el envío de los oficios de colaboración a otros estados, para ampliar el panorama de búsqueda, “cuántos estados tiene la república y hasta ahorita… sólo trabajan cuatro en el expediente de mi hijo (Tamaulipas, Durango, Estado de México y Guerrero)”, dijo la víctima.
¿Qué incluye la reparación del daño?
De acuerdo con la Ley de Atención y Reparación a Víctimas del Delito y de Violaciones a los Derechos Humanos para el Estado de Morelos, las medidas de rehabilitación y reparación del daño incluyen:
- Atención médica, psicológica y psiquiátrica
- Servicio de asesoría y jurídicos para facilitar el ejercicio de los derechos de las víctimas
- Programas de educación
- Programas de capacitación laboral y todas las medidas necesarias para reintegrar a la víctima o sus familiares
También deberá darse un trato preferencial y diferenciado a las mujeres, niños y niñas víctimas; además de a los hijos de las víctimas y adultos mayores. Estos perjuicios, sufrimientos y pérdidas incluirán, la reparación del daño sufrido en la integridad física de la víctima, la reparación del daño moral, el cual comprende tanto los sufrimientos y las aflicciones causados a las víctimas directas e indirectas y el resarcimiento de los perjuicios ocasionados.
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