Lorena tiene a su esposo internado en el Hospital Regional número 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de Cuernavaca intubado a causa del virus por Covid-19; para ella como para muchos morelenses la obligatoriedad del uso del cubrebocas es positivo, porque, afirma, “aunque yo me cuide, si no se cuida el de al lado, ya me fregué”.
Pero también existe desconfianza en la ley que entró en vigor el pasado sábado en el estado de Morelos; “como todas las leyes que existen en el estado, nos las pasamos por el arco del triunfo”, señala Raúl, de oficio comerciante, quien duda que se apliquen las sanciones y que en realidad la ciudadanía acate la nueva norma.
La Ley que regula el uso de cubrebocas y demás medidas para prevenir la transmisión de la enfermedad por Covid-19 en el estado de Morelos marca apercibimientos, trabajo comunitario y sanciones económicas hasta por 30 UMAs (Unidad de Medida de Actualización), que equivaldría a 2 mil 600 pesos, sobre quienes no utilicen este artículo en lugares públicos, cerrados o al aire libre, en el interior de establecimientos ya sea de comercio, industria o servicios, centros de trabajo de cualquier ramo, lugares de culto religioso, centros comerciales y todos aquellos en donde no se puedan aplicar medidas de contención como el distanciamiento físico; así como para usuarios, operadores y conductores de los servicios de transporte de pasajeros y de carga.
La citada legislación implica que aquel cubre bocas con sistema de filtro o válvula; ello, en términos de lo determinado por la Organización Mundial de la Salud, no se contemplan como tal.
“Nos tiene que obligar como niños chiquitos porque no entendemos por las buenas, yo lo veo como una medida adecuada sobre todo ahora que los contagios van en aumento”, señala uno de los entrevistados.
La Iglesia Católica también vio con buenos ojos esta nueva ley como un mecanismo para evitar más contagios de Covid-19 y como una manera de reeducar a la ciudadanía, aunque, dijo, debe ser una ley pareja para todos; “es decir, que los mismos servidores puedan ser sancionados en caso de no acatarla”.
El vocero de la Diócesis de Cuernavaca, Tomás Toral Nájera, señaló que si bien este tipo de medidas lo que quiere es ayudar a educarnos como sociedad en esta nueva normalidad, es importante que todos los ciudadanos reconozcan la importancia de acatar cada una de las medidas de seguridad sanitarias, toda vez que actualmente por la incredulidad o porque afirman no les viene bien para respirar, deciden no usarlo, aunque se ha garantizado su importancia para entrar en relación unos con otros, el cuidado interpersonal y el cuidado al otro.
Sin embargo, aclaró que la aplicación de esta nueva ley no solo deberá ejecutarse para los ciudadanos sino también para las autoridades, al ser el ejemplo para sus gobernantes de cómo acatar la nueva norma y qué pasará si no la cumplen, “en la iglesia siempre manejamos que el testimonio arrastra, si están emitiendo una ley como ésta los primeros que deben estar sujetos a esa ley son los que la emiten; hacemos ese llamado también para todo tipo de autoridad civil y religiosa para que no dejemos usar lo que nos corresponde para bien de los demás”.
Al respecto, empresarios, en voz del presidente de la Asociación de Comerciantes Establecidos Pro Centro Histórico, Eduardo Peimbert Ortiz, pidieron que con la medida se busque prevenir los contagios y no se convierta en un medio para extorsionar o abusar de los habitantes ni de los comerciantes.
"Nosotros, como comercio establecido estamos de acuerdo en cumplir las normas que nos dicta el municipio, el gobierno del estado y la Federación, pero en lo que no estamos de acuerdo es en que haya mala fe o abusos en la aplicación de las normas", refirió.
Irregularidades en la nueva ley: Paredes Sotelo
El pasado 26 de octubre el Congreso del Estado de Morelos aprobó con 17 votos a favor y dos abstenciones la Ley que Regula el Uso de Cubrebocas y demás medidas para prevenir la transmisión del Covid-19; la norma se publicó el 27 de noviembre en el periódico oficial “Tierra y Libertad”, pero el decreto menciona que se mandó a imprimir y circular desde el 29 de octubre.
Dentro de las disposiciones transitorias se establece que “por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, Palacio de Gobierno, en la ciudad de Cuernavaca, capital del estado de Morelos a los veintinueve días del mes de octubre del dos mil veinte”.
Ante ello, expertos en leyes, como el presidente del Colegio de Abogados del Estado, Enrique Paredes Sotelo, consideró que un "error" de este tipo podría invalidar un decreto tan importante como este; el proceso legislativo, aseveró, fue mal empleado y si se impugnara por la vía constitucional o acción de inconstitucionalidad por parte de los ciudadanos o algún órgano de gobierno, respectivamente, la norma sería revocada por falta de formalidad.
“Este tipo de errores no pueden cometerse por parte del Poder Legislativo y Ejecutivo, por un lado pueden declarar inválido una ley que no es perfecta pero tiende a ayudar a los ciudadanos y a la comunidad con el uso del cubrebocas pero deben hacer mejor su trabajo”, expresó.
Los ciudadanos tienen 15 días para impugnar el acto en base a la ley o bien cuando a algún ciudadano se le imponga la misma, puede ser combatida en el Juzgado de Distrito o ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por algún órgano de gobierno facultado.
La multa de hasta 30 Unidades de Medida y Actualización, además, no está considerada en la Ley de Ingresos 2020, que fue invalidada la semana pasada por la SCJN, por lo que podría ser combatida en un Tribunal Administrativo.
Con información de Susana Paredes y José Luis Rojas