Los juicios que no prosperaron

En Morelos la figura del juicio político contra los mandatarios estatales se ha vuelto constante; Jorge Carrillo Olea es el único que ha sido separado del cargo

Jessica Arellano | El Sol de Cuernavaca

  · lunes 3 de julio de 2023

Cuauhtémoc Blanco, Sergio Estrada Cajigal y Jorge Carrillo Olea / Archivo | OEM

Con cuatro procesos de desafuero (tres por solicitud de procedencia y uno por juicio político), Cuauhtémoc Blanco es el gobernador de Morelos que más expedientes en contra acumula en el Congreso local.

Desde Jorge Carrillo Olea, todos los gobernadores electos en el estado han enfrentado procesos de juicio político sin que ninguno de los mismos concluyera.

Carrillo Olea solicitó licencia al cargo antes de que finalizara el procedimiento y ha sido el único gobernador en la historia reciente que ha dejado el cargo anticipadamente. Esta vez la historia podría corregirse, la solicitud de juicio político contra Cuauhtémoc Blanco será desahogada antes del 15 de julio, último día del período ordinario de sesiones, y la conclusión del proceso estaría bastante próxima, sin que ello signifique que el gobernador no vaya a agotar sus recursos de defensa.

Recientemente diversas organizaciones de abogados interpusieron una solicitud de juicio político en contra del actual gobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco Bravo; sin embargo, en la historia de la entidad no es el único mandatario al que se ha buscado ser sometido a este procedimiento. Solo uno procedió: el del priísta Jorge Carrillo Olea.

Nuevamente los reflectores se fijan en Morelos, en especial en el Congreso del Estado, pues el pasado 12 de junio el diputado presidente de la Junta Política y de Gobierno, Alejandro Martínez Bermúdez recibió la denuncia de juicio político en contra del gobernador Cuauhtémoc Blanco y la renuncia inmediata del comisionado estatal de Seguridad, José Antonio Ortiz Guarneros.

El documento fue presentado por la Nueva Asociación de Abogados Morelenses para México y con la participación de la Barra de Abogados para el Estado de Morelos, presididas, respectivamente, por Luis Ignacio Reyes Andraca y Alexis Jair Velasco Alcocer, quienes argumentaron que la causa es “por la acción, omisión, contravención a la Constitución, a las leyes en materia de seguridad pública, desde lo federal hasta lo local, así como la inaplicación y ruptura de los planes, programas, proyectos, así como desvío y/o subejercicio de los presupuestos en materia de seguridad”.

La Nueva Asociación de Abogados Morelenses para México y Barra de Abogados para el Estado de Morelos presentaron en días pasados la solicitud de juicio político contra Blanco Bravo /Archivo Agustín Espinoza | El Sol de Cuernavaca

Además, refirieron que el desempeño de los servidores públicos señalados ha dado como resultado la ruptura al pacto no solo federal, sino a la Constitución local, generando graves afectaciones a la vida pública institucional del estado, como a la paz y armonía de los morelenses.

Tres días después la solicitud de juicio político fue ratificada por los abogados, por lo que en sesión ordinaria del 20 de junio se dio cuenta en el pleno sobre la solicitud de juicio político y fue turnada a la Junta Política y de Gobierno del Congreso del Estado para su respectivo análisis.

Esta solicitud es presentada dentro de las diferencias entre el Poder Legislativo y Ejecutivo, surgidas el año pasado a raíz de la aprobación de un presupuesto alterno al que presentó el gobernador Cuauhtémoc Blanco y la cancelación de las libres transferencias; actualmente se analizan en la Comisión de Hacienda las solicitudes de ampliación presupuestal para las secretarías de Movilidad, Obras Públicas y la Comisión Estatal del Agua.

Sergio Estrada Cajigal

En 2004 el Foro Morelense de Abogados promovió un juicio político contra el gobernador Sergio Estrada Cajigal, mismo que le inició el Congreso del Estado al considerar omisiones en sus funciones.

Sin embargo, el 29 de marzo de 2006, 13 magistrados del Tribunal Superior de Justicia aprobaron absolverlo, al considerar infundadas las demandas y pruebas presentadas por la parte acusadora.

Señalaron que no se sustentó la presunta relación del excoordinador de la policía ministerial, Agustín Montiel, con narcotraficantes y la protección a los mismos.

Además, detectaron incumplimiento en el procedimiento, pues el Congreso no reunió 20 votos necesarios para iniciar el proceso de juicio político como lo marcaba la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Jorge Carrillo Olea

Uno de los hechos que ha marcado la historia política de Morelos es la primera solicitud de juicio político contra el priísta Jorge Carrillo Olea; su gobierno inició en 1994 y concluyó en 1998.

Según relatos de diversos políticos de esa poca, incluso ciudadanos, en la administración de Carrillo Olea se vivió una ola de secuestros y se tenía conocimiento que jefes de cárteles operaban en la entidad, como Amado Carrillo “El señor de cielos” y Daniel Arizmendi “El mochaorejas”. Esta situación de inseguridad llevó a la sociedad a organizarse y realizaron diversas marchas, como la del silencio.

Fue la primera vez que el Congreso del Estado juzgó a un gobernador y el 18 de mayo de 1998, en medio de los cuestionamientos, el exgeneral dejó su cargo.

Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que Carrillo Olea sí era sujeto de juicio y fue sentenciado e inhabilitado por 14 años.

¿Cómo son los procedimientos?

Armando Díaz Manzanares, director jurídico del Congreso de Morelos, explicó que cualquier ciudadano puede presentar una solicitud de juicio político, misma que deberán hacer por escrito ante la Secretaría de Servicios Legislativos.

Tras presentarse deberán regresar en un lapso de tres días para ratificarla y así le den entrada y se ordene pasarla al pleno, quien deberá turnarla a la Junta Política y de Gobierno.

Y será ahí donde se analizará si reúne los requisitos que establece el artículo cuarto de la Ley Estatal de Responsabilidad de los Servidores Públicos. Son ocho los requisitos: nombre de la autoridad o a quien va dirigida; lugar y fecha de presentación del escrito; nombre del quejoso o denunciante; el domicilio del servidor o servidores a quienes les imputa el hecho; una relación suscita de los hechos en materia de la queja o la denuncia señalando de manera precisa el acto impugnado, así como las circunstancias en que se realizó como lugar, hora y fecha.

Asimismo, señalar el domicilio donde se siga el procedimiento para que se notifique el primer acuerdo que recaiga sobre la queja o denuncia presentada y, en su caso, la resolución definitiva.

El caso será notificado siempre y cuando los actos y omisiones que deriven en responsabilidad provoquen un detrimento en la esfera patrimonial del quejoso o del denunciante; en caso de que el quejoso o denunciante cuente con elementos de prueba deberá adjuntarlos a la prueba o denuncia relacionado que pretende acreditar con cada prueba, pues tratándose de juicio político la aportación de dicho elemento será esencial, y finalmente la firma autógrafa del quejoso o denunciante.

El director jurídico refirió que estas solicitudes no debieran tener complejidad en que pasen si cuentan con todos los elementos, y consideró que no es un tema donde la decisión sea política, puesto que en caso de que exista una causal que configure un delito será el Tribunal Superior de Justicia quien sancione.


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