En la legislación de Morelos el cigarro electrónico y demás dispositivos electrónicos han sido ‘reclasificados’ como factores responsables de tabaquismo en la sociedad, al considerar su consumo equiparable al de los cigarros. El tabaquismo es la principal causa de mortalidad prematura y evitable, en los países desarrollados.
La OMS estima que al año mueren 4.9 millones de personas como consecuencia del tabaco, y se prevé que, si continúan las tendencias de consumo actuales, en el año 2030 se producirán 10 millones de muertes, que ocurrirá en los individuos que fuman actualmente.
En México en menos de dos décadas el número de fumadores se incrementó de 9 a 13 millones de personas que consumen casi 250 millones de cajetillas de cigarrillos por año; y las enfermedades asociadas al tabaquismo matan a más de 53 mil personas cada año, es decir, 147 cada día. Estas defunciones representan 10 por ciento de las muertes nacionales.
En la actualidad se observa un incremento de sistemas electrónicos que contienen nicotina, el cual emana sustancias tóxicas que se encuentran dentro del filtro como nicotina, alquitrán, acetato de celulosa e hidrocarburos, así como metales pesados como plomo, arsénico y cianuro; que, de no disponerse adecuadamente, causan contaminación en el ambiente y las enfermedades que generan son crónicas y degenerativas.
Con base en esta información, a propuesta del diputado local José Luis Galindo Cortez, integrante del grupo parlamentario del PES, el pasado 16 de junio entró en vigor la nueva denominación que se incluyó en la Ley de Salud del Estado al referirse al “tabaquismo”.
La redacción ahora del artículo 167 establece: “El Tabaquismo es una enfermedad adictiva, crónica y recurrente, dependencia que produce la nicotina, que afecta de manera diversa la salud de las personas, y así como sus derivados, como lo son, cigarros combustibles, cigarrillo electrónico, vapeador, vaporizadores, pipas y derivados productos del Tabaco”.
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