Podría eliminarse la prisión preventiva oficiosa: TSJ

En Morelos el 30 por ciento de los presos no tiene una sentencia todavía

Katy Cárdenas | El Sol de Cuernavaca

  · lunes 28 de noviembre de 2022

Luis Jorge Gamboa Olea, presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) /Archivo | El Sol de Cuernavaca

El magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Luis Jorge Gamboa Olea, reconoció que la tendencia es la eliminación de la figura de la prisión preventiva oficiosa, la cual en cierta medida contribuye con la saturación de las cárceles locales; tan sólo en el estado el 30% de los presos están bajo prisión preventiva sin una sentencia todavía.

El pasado 24 de noviembre la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó desaparecer la prisión preventiva oficiosa para los delitos de contrabando, defraudación, así como de quienes compran y venden facturas, en este contexto, Gambola Olea dijo se busca eliminarla para el resto de los delitos en los que se aplica.

“Lo interesante aquí es que los delitos fiscales tienen que ver con delitos de carácter federal, como defraudación fiscal, variación de domicilio, operación con recursos de procedencia ilícita, sin embargo, la tendencia es que la prisión preventiva oficiosa desaparezca para entrar al ámbito de la prisión preventiva justificada”.

En el estado un 60% de las personas sin sentencia está bajo la figura de prisión preventiva oficiosa, y el 40% está en prisión preventiva justificada, los primeros se verían beneficiados.

Consideró que la máxima corte debe ceñirse a lo que determinará la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y la Corte Internacional de Derechos Humanos que están próximas a pronunciarse sobre ambas figuras, dado una controversia que mantiene con el estado mexicano.

La prisión preventiva justificada, que sería la que continúe, obligará a las fiscalías a argumentar debidamente el porqué debe quedarse la persona en cautela, en cambio, en la preventiva oficiosa basta con que el Ministerio Público solicite al juez que se le imponga “sin dar mayor explicación”.

Una vez que esto ocurra deberá modificarse el Código Nacional de Procedimientos Penales para la eliminación de delitos que involucren esta medida cautelar.

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