Partidos políticos deben proteger a menores en propaganda electoral

La legislación contempla lineamientos que los partidos políticos deben cumplir al incluir a menores en propaganda política, afirma Luis Espíndola

Jessica Arellano | El Sol de Cuernavaca

  · lunes 1 de enero de 2024

Luis Espíndola, durante el taller de Protección de las infancias en la propaganda electoral, en el Impepac. | Cortesía Impepac

Partidos políticos y los candidatos y candidatas a puestos de elección popular deben respetar las normas para la aparición de menores de edad en propaganda electoral, de lo contrario podrían ser acreedores a sanciones que van desde las multas y otro tipo de responsabilidades que tienen que ver con la toma de cursos de capacitación, publicación de extractos de las sentencias, entre otras medidas, advirtió Luis Espíndola Morales, magistrado presidente interino de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El magistrado aclaró que no está prohibida la aparición de niños, niñas y adolescentes en la propaganda; sin embargo, esto debe realizarse conforme los procedimientos de consentimiento que establece la actual legislación.

"Los partidos políticos y las candidaturas tienen que seguir un procedimiento para llevarlo a cabo para que aparezcan niñas, niños y adolescentes", dijo.

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Indicó que en spots de radio, televisión, e impresos se recurre al uso de menores en propaganda electoral, que si bien no está prohibido, se hace un llamado es garantizar sus derechos humanos de los menores.

Luis Espíndola insistió en que se tiene que ver a la niñez como un fin en sí mismo, no como un instrumento para llegar a un fin.

¿Cómo un menor pueda aparecer en propaganda electoral?

De acuerdo con Luis Espíndola Morales, existen lineamientos jurídicos que establece la legislación para que los menores puedan aparecer en propaganda político-electoral, entre ellos:

  • Tener el consentimiento de los padres o tutores
  • El consentimiento y disposición de las niñas, niños y adolescentes
  • Ser mayores de seis años de edad


Explicó que estos lineamientos se deben seguir, ya que la Constitución en su artículo cuarto y primero y en los tratados internacionales amparan y resguardan el interés superior de la niñez; por lo que partidos políticos, coaliciones y candidatos tiene el deber de respetar los lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE) y de los institutos electorales locales.

De no atender los lineamientos se harán acreedores a infracciones que puedan llegar hasta la imposición de sanciones.

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