/ viernes 1 de noviembre de 2024

Ratifica Sala Regional triunfo de Enrique Alonso como alcalde electo de Tlaquiltenango

El alcalde electo celebró junto con sus seguidores la determinación de la Sala Regional del Poder Judicial de la Federación que, con dos votos a favor, revocó la sentencia emitida por el TEEM

La Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó el triunfo de Enrique Alonso Plascencia como alcalde electo de Tlaquiltenango, determinación que el ganador de las elecciones del pasado 2 de junio celebró con sus seguidores.

En la cancha techada de la plaza cívica de Tlaquiltenango se reunieron decenas de personas para celebrar que con dos votos a favor y uno en contra la sala regional revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM), ratificando el triunfo de Enrique Alonso Plascencia en las pasadas elecciones. El alcalde electo fue recibido con abrazos, porras y felicitaciones de sus seguidores.

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“Nosotros cuando recibimos el fallo del TEE no hicimos revueltas porque sabíamos que jurídicamente había todavía dos instancias más, la Sala Regional y la Sala Superior. Nos reunimos con los abogados y generamos nuestros agravios e hicimos nuestra impugnamos como es nuestro derecho. Ahora ya reconocieron que somos alcaldes electos del municipio de Tlaquiltenango”.

Al resolver el juicio SCM-JRC-263/2024 y acumulados, el pleno sostuvo que el TEEM realizó una suplencia defectuosa de la demanda presentada por Morena ante dicha instancia, por lo que hace a las supuestas “inconsistencias” de veinte paquetes electorales y a la vulneración de la cadena de custodia en once.

Se explicó que, de los 20 paquetes, el tribunal local indebidamente estimó suficiente la enunciación hecha por Morena, sin atender al análisis de la naturaleza de la irregularidad para determinar si era grave y a la falta de asidero probatorio robusto que justificara tenerlas por acreditadas para conducir a su nulidad.

De los otros once paquetes, se determinó que existió una modificación de la controversia y un indebido análisis puesto que no se precisó el universo correcto de casillas que había sido cuestionado ni los elementos que podrían llevar, en cada caso, a determinar que debía ser nula la votación.

Por tanto, la Sala Regional revocó la resolución impugnada y, en consecuencia, confirmó la declaración de validez de la elección del ayuntamiento y la asignación de regidurías.

La Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó el triunfo de Enrique Alonso Plascencia como alcalde electo de Tlaquiltenango, determinación que el ganador de las elecciones del pasado 2 de junio celebró con sus seguidores.

En la cancha techada de la plaza cívica de Tlaquiltenango se reunieron decenas de personas para celebrar que con dos votos a favor y uno en contra la sala regional revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM), ratificando el triunfo de Enrique Alonso Plascencia en las pasadas elecciones. El alcalde electo fue recibido con abrazos, porras y felicitaciones de sus seguidores.

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“Nosotros cuando recibimos el fallo del TEE no hicimos revueltas porque sabíamos que jurídicamente había todavía dos instancias más, la Sala Regional y la Sala Superior. Nos reunimos con los abogados y generamos nuestros agravios e hicimos nuestra impugnamos como es nuestro derecho. Ahora ya reconocieron que somos alcaldes electos del municipio de Tlaquiltenango”.

Al resolver el juicio SCM-JRC-263/2024 y acumulados, el pleno sostuvo que el TEEM realizó una suplencia defectuosa de la demanda presentada por Morena ante dicha instancia, por lo que hace a las supuestas “inconsistencias” de veinte paquetes electorales y a la vulneración de la cadena de custodia en once.

Se explicó que, de los 20 paquetes, el tribunal local indebidamente estimó suficiente la enunciación hecha por Morena, sin atender al análisis de la naturaleza de la irregularidad para determinar si era grave y a la falta de asidero probatorio robusto que justificara tenerlas por acreditadas para conducir a su nulidad.

De los otros once paquetes, se determinó que existió una modificación de la controversia y un indebido análisis puesto que no se precisó el universo correcto de casillas que había sido cuestionado ni los elementos que podrían llevar, en cada caso, a determinar que debía ser nula la votación.

Por tanto, la Sala Regional revocó la resolución impugnada y, en consecuencia, confirmó la declaración de validez de la elección del ayuntamiento y la asignación de regidurías.

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