La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el excandidato presidencial de la coalición Por México al Frente, Ricardo Anaya Cortés, calumnió al empresario José María Riobóo Martín.
Durante la sesión de este viernes, el Pleno de la Sala Regional determinó, por mayoría, que por esa situación se impusiera una multa por 16 mil 200 pesos a Anaya Cortés, y solicitó a la Dirección Ejecutiva de Administración del INE que, en su oportunidad, informe sobre el pago de la misma.
La Sala Regional acató así la sentencia de la Sala Superior del TEPJF, que ordenó revisar el caso y decidir en plenitud de jurisdicción respecto al SUP-REP 667/2018, a fin de atender la denuncia que presentó el ciudadano Riobóo Martín en contra del excandidato presidencial.
Lo anterior por diversas declaraciones que emitió Ricardo Anaya durante la celebración del tercer debate presidencial y en actos posteriores, que en concepto de Riobóo Martín lo calumniaron al vincularlo con actos de corrupción.
Lo anterior toda vez que la forma en que Ricardo Anaya Cortés relato los hechos relacionados con Riobóo Martín y su vinculación profesional con Andrés Manuel López Obrador fue con la finalidad de presentar una relación de corrupción entre ellos.
Respecto a ello los magistrados de la Sala Regional Ciudad de México consideraron que se trata de propaganda calumniosa que lesiona el derecho fundamental al honor y a la reputación del promovente.
Al hablar en contra del proyecto, la presidenta de la Sala Especializada, Gabriela Villafuerte Coello, consideró que en este caso no se acredita la calumnia.
Incluso recordó algunos criterios de la Sala Superior en el sentido de que las personas deben resistir la crítica cuando su actividad está vinculada al sector público.