/ miércoles 10 de julio de 2024

TEPJF retira diputación a Jorge Alberto Carballo por ser deudor alimentario

Jorge Alberto Carballo ya había recibido la constancia de mayoría como diputado federal por el distrito 23 de Lerma, en el Estado de México

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la decisión de la Sala Regional Toluca de revocar a Jorge Alberto Carballo la constancia de mayoría que lo acreditaba como diputado federal del distrito 23 de Lerma por el Partido Verde, tras estar inscrito en el padrón de deudores alimentarios del Estado de México.

En sesión pública, los magistrados rechazaron por unanimidad la impugnación que presentó Jorge Alberto Carballo, pues determinaron que es inelegible para ser representante popular al incumplir lo mandatado por el artículo 38 de la Constitución que establece que no podrán ser postulados violentadores de mujeres ni deudores alimentarios.

En su demanda, Jorge Alberto Carballo afirmó que se puso al corriente con el pago de sus obligaciones alimentarias luego de ser registrado como candidato, pero que las autoridades no retiraron su nombre del registro de morosos y la Sala Regional Toluca no tomó en cuenta eso; sin embargo, la Sala Superior determinó que el requisito se debía cumplir al momento del registro y no después.

“La responsable sí realizó una debida interpretación de la norma constitucional sobre la temporalidad de la verificación de la suspensión de los derechos político-electorales del candidato propietario, respecto a la declaración judicial de deudor alimentario moroso", reiteró la secretaria técnica de la ponencia del magistrado que elaboró el proyecto de resolución.

Añadió que "si la declaración existe desde el año 2022 y permanecía la deuda morosa cuando se solicitó el registro como candidato, es evidente que se ubica en el supuesto de inelegibilidad conforme a los criterios de esta Sala y que, en todo caso, el pago debió realizarse antes de esa fecha, lo que no sucedió”.

La magistrada Mónica Soto, presidenta de la Sala Superior, dijo que las personas deudoras alimentarias "ni siquiera pueden pretender ser postuladas a un cargo de elección popular” y es deber de la autoridad verificar que ningún candidato sea deudor alimentario desde el momento en el que se registra.

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La presidenta del TEPJF agregó que el hoy excandidato firmó el 15 de febrero una carta bajo protesta de decir verdad en la cual aseguraba que no había sido condenado como deudor alimentario y no estaba inscrito en un padrón de obligaciones alimentarias y resultó no ser cierto, es decir, intentó engañar al Instituto Nacional Electoral (INE).

Con la resolución de la Sala Superior, José Luis Hernández Pérez, suplente de Jorge Alberto Carballo, ocupará el cargo como diputado a partir del 1 de septiembre cuando se instale la LXVI Legislatura.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la decisión de la Sala Regional Toluca de revocar a Jorge Alberto Carballo la constancia de mayoría que lo acreditaba como diputado federal del distrito 23 de Lerma por el Partido Verde, tras estar inscrito en el padrón de deudores alimentarios del Estado de México.

En sesión pública, los magistrados rechazaron por unanimidad la impugnación que presentó Jorge Alberto Carballo, pues determinaron que es inelegible para ser representante popular al incumplir lo mandatado por el artículo 38 de la Constitución que establece que no podrán ser postulados violentadores de mujeres ni deudores alimentarios.

En su demanda, Jorge Alberto Carballo afirmó que se puso al corriente con el pago de sus obligaciones alimentarias luego de ser registrado como candidato, pero que las autoridades no retiraron su nombre del registro de morosos y la Sala Regional Toluca no tomó en cuenta eso; sin embargo, la Sala Superior determinó que el requisito se debía cumplir al momento del registro y no después.

“La responsable sí realizó una debida interpretación de la norma constitucional sobre la temporalidad de la verificación de la suspensión de los derechos político-electorales del candidato propietario, respecto a la declaración judicial de deudor alimentario moroso", reiteró la secretaria técnica de la ponencia del magistrado que elaboró el proyecto de resolución.

Añadió que "si la declaración existe desde el año 2022 y permanecía la deuda morosa cuando se solicitó el registro como candidato, es evidente que se ubica en el supuesto de inelegibilidad conforme a los criterios de esta Sala y que, en todo caso, el pago debió realizarse antes de esa fecha, lo que no sucedió”.

La magistrada Mónica Soto, presidenta de la Sala Superior, dijo que las personas deudoras alimentarias "ni siquiera pueden pretender ser postuladas a un cargo de elección popular” y es deber de la autoridad verificar que ningún candidato sea deudor alimentario desde el momento en el que se registra.

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La presidenta del TEPJF agregó que el hoy excandidato firmó el 15 de febrero una carta bajo protesta de decir verdad en la cual aseguraba que no había sido condenado como deudor alimentario y no estaba inscrito en un padrón de obligaciones alimentarias y resultó no ser cierto, es decir, intentó engañar al Instituto Nacional Electoral (INE).

Con la resolución de la Sala Superior, José Luis Hernández Pérez, suplente de Jorge Alberto Carballo, ocupará el cargo como diputado a partir del 1 de septiembre cuando se instale la LXVI Legislatura.

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