/ viernes 24 de julio de 2020

En Morelos existen 358 mercados de explotación sexual: Olimpia Coral

La activista social señala que hay cinco mil videos de mujeres víctimas identificadas sólo de Morelos

La activista social Olimpia Coral Meló Cruz respaldó la iniciativa de "Ley Olimpia" aprobada por el Congreso de Morelos; precisando la necesidad de no sólo quedarse en un texto sino garantizar el acceso a la justicia.

"No es una moda, no es un texto, es una realidad”, indicó la promovente del proyecto de ley a nivel nacional, quien en rueda de prensa confirmó de acuerdo a un patrullaje y monitoreo en Morelos existen 358 mercados de explotación sexual en línea donde se exponen 300 mujeres morelenses, además de que registraron cinco mil videos de mujeres identificadas de Morelos que no dieron su conocimiento para difundirlos.

Es por ello, que dejó en claro con la aprobación de ley confían podrán desmantelar dichos mercados, garantizando su respaldo a la iniciativa morelense que tiene una pena de 4 a 8 años con un agravante que incrementa hasta el triple la norma (12 años), sancionando a partir de este momento la difusión de fotos, videos o audios que atenten contra la intimidad de una persona sin su consentimiento.



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La activista social Olimpia Coral Meló Cruz respaldó la iniciativa de "Ley Olimpia" aprobada por el Congreso de Morelos; precisando la necesidad de no sólo quedarse en un texto sino garantizar el acceso a la justicia.

"No es una moda, no es un texto, es una realidad”, indicó la promovente del proyecto de ley a nivel nacional, quien en rueda de prensa confirmó de acuerdo a un patrullaje y monitoreo en Morelos existen 358 mercados de explotación sexual en línea donde se exponen 300 mujeres morelenses, además de que registraron cinco mil videos de mujeres identificadas de Morelos que no dieron su conocimiento para difundirlos.

Es por ello, que dejó en claro con la aprobación de ley confían podrán desmantelar dichos mercados, garantizando su respaldo a la iniciativa morelense que tiene una pena de 4 a 8 años con un agravante que incrementa hasta el triple la norma (12 años), sancionando a partir de este momento la difusión de fotos, videos o audios que atenten contra la intimidad de una persona sin su consentimiento.



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