Este fin de semana se dio a conocer que por unanimidad de votos, el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito, integrado por la Magistrada María Guadalupe Saucedo Zavala -Presidenta-, Magistrado Juan José Franco Luna, y Magistrado Joel Dario Ojeda Romo, resolvieron revocar la Resolución Interlocutoria sujeta a revisión, dictada por el Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Morelos, José Leovigildo Martínez en el incidente de suspensión derivado del juicio de amparo indirecto 742/2019 a favor de la Juez de Primera Instancia del Poder Judicial del Estado de Morelos, Rosenda Mireya Díaz Cerón, por la elección del Juez de Primera Instancia, Alejandro Becerra Arroyo como Integrante de la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Tribunal Superior de Justicia.
La Justicia federal en su fallo, determinó negar la Suspensión del Acto Reclamado, bajo el principal argumento de anteponer el interés de la sociedad sobre uno particular, quedando asentado que “la suspensión debió negarse, porque con su otorgamiento se violó el orden público y el interés social, dado que de resultar fundado, implicaría un mayor beneficio para el tercero interesado, en este caso el Juez Alejandro Becerra, que una hipotética reposición de procedimiento”.
Se puso de manifiestos que la trascendencia de esta resolución estriba en que a partir de hoy, el Juez Becerra Arroyo podrá integrarse a los trabajos de la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del -TSJ- después de haber sido elegido en la “polémica” Sesión de Pleno del pasado 3 de junio de 2019, donde 9 de los magistrado opositores a la administración de la Magistrada Presidenta, María del Carmen Verónica Cuevas López, decidieron “por voluntad propia” abandonar la Sesión de Plenos previo a la votación.
En este tenor se recordó que, que hace una semana el mismo el Juez Séptimo de Distrito otorgó un juicio amparo número 837/2019 a favor del magistrado Juan Emilio Elizalde Figueroa, uno de los nueve magistrado opositores a la administración de Cuevas López, “al quedar demostrado que el acto reclamado es violatorio de los derechos humanos que invoca la parte quejosa, procede concederle el amparo y protección de la Justicia Federal…”
Pero se aclaró que si bien este fallo del Tribunal Colegiado es un triunfo para la Magistrada Presidenta Cuevas López, como autoridad responsable, aún queda mucha historia jurisdiccional por conocerse, ya que sobre este tema existen al menos 12 amparos, de los cuales al menos seis ya fueron resueltos.